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Hogar y patrimonio

Seguro de impago de alquiler

Seguro de impago de alquiler: cobra aunque tu inquilino no pague. Comparamos pólizas de impago y te explicamos qué exige cada aseguradora al inquilino antes de firmar el contrato de arrendamiento.

Precio en menos de 2 horas

Seguro de impago de alquiler con las mejores coberturas

Resumen

El seguro de impago de alquiler cubre al propietario de una vivienda arrendada cuando el inquilino deja de pagar la renta: abona las mensualidades impagadas durante un número de meses fijado en la póliza y paga la defensa jurídica para reclamar la deuda y tramitar el desahucio. Según la póliza, puede incluir actos vandálicos del inquilino. Suele exigir un estudio previo de solvencia del arrendatario.

Revisado por el equipo técnico de Novasur · Actualizado en septiembre de 2026

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Coberturas

  • Rentas impagadas
  • Defensa jurídica del arrendador
  • Actos vandálicos del inquilino
  • Cambio de cerradura
  • Reclamación de otras cantidades
  • Estudio de solvencia del inquilino
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Beneficios

  • Precio en menos de 2 horas: rellenas el formulario y te llamamos con la comparativa.
  • Independientes: trabajamos con varias aseguradoras y te recomendamos la que más te conviene.
  • Siniestros: si tienes un siniestro, lo tramitamos y defendemos tus intereses ante la compañía.
  • Revisión en cada renovación: comprobamos que tu póliza sigue siendo la mejor opción.
  • Sin coste: nuestro asesoramiento es gratuito para ti.
Qué cubre

Coberturas del seguro de impago de alquiler

Alquilar una vivienda es una fuente de ingresos, pero también supone depender de que otra persona pague cada mes. Cuando el inquilino deja de hacerlo, el propietario sigue asumiendo hipoteca, IBI, comunidad y seguros mientras el procedimiento judicial avanza. El seguro de impago de alquiler cubre ese hueco: adelanta o indemniza las rentas pactadas y pone a tu disposición abogado y procurador para recuperar la vivienda por la vía legal.

No todas las pólizas funcionan igual. Cambian el número de meses indemnizados, la carencia inicial, si pagan desde el primer recibo impagado o tras varios, y los requisitos de solvencia que debe cumplir el inquilino. En Novasur comparamos varias aseguradoras, te ayudamos con el estudio del arrendatario antes de firmar y, si llega el impago, gestionamos la comunicación del siniestro para que no pierdas cobertura por un plazo mal llevado.

Rentas impagadas

Indemnización de las mensualidades no pagadas durante el número de meses que fije la póliza, habitualmente tras un periodo de carencia desde el alta.

Defensa jurídica del arrendador

Abogado y procurador para reclamar la deuda y ejercer la acción de desahucio por falta de pago, dentro de los límites de gastos contratados.

Actos vandálicos del inquilino

Daños intencionados causados por el arrendatario en la vivienda, hasta el límite indicado en la póliza. Normalmente no cubre el desgaste por uso.

Cambio de cerradura

Coste de la cerrajería tras recuperar la posesión de la vivienda, en las pólizas que lo incluyen.

Reclamación de otras cantidades

Según póliza, reclamación de suministros o gastos repercutibles impagados y de daños al finalizar el contrato.

Estudio de solvencia del inquilino

Análisis previo de ingresos y antecedentes del candidato, requisito habitual para que la cobertura sea válida.

Modalidades

Qué modalidad de seguro de impago de alquiler elegir

Defensa jurídica del arrendador

Solo cubre abogado, procurador y gastos del proceso de desahucio y reclamación. Es la opción más básica.

Impago de rentas con defensa jurídica

Añade el pago de las mensualidades impagadas durante el periodo pactado. Es la modalidad más contratada por propietarios particulares.

Impago con daños y vandalismo

Suma la cobertura de actos vandálicos del inquilino y, a veces, asistencia en la vivienda arrendada.

Precio en menos de 2 horas

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Rellena el formulario: comparamos entre varias aseguradoras y te enviamos el precio en menos de 2 horas.

  • Sin compromiso y sin coste de asesoramiento.
  • Comparativa real entre compañías, explicada en claro.
  • ¿Ya tienes seguro? Te decimos si te conviene cambiar.

¿Prefieres hablar? Escríbenos por WhatsApp al 645 07 97 43.

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Te damos precio en menos de 2 horas, cualquier día. Solo lo básico: si tienes la póliza a mano, súbela y nos encargamos del resto.

1Tu seguro actual (si tienes)
2Tu alquiler
3Tus datos de contacto

Nuestro criterio

Lo que revisamos antes de que contrates

  1. Carencia y momento en que empieza a pagar

    Revisamos cuántos meses deben pasar desde el alta para que la cobertura sea efectiva y cuántos recibos impagados hacen falta para abrir el siniestro.

  2. Meses indemnizados y límite por siniestro

    Comparamos el número de mensualidades cubiertas y el límite económico. Un desahucio puede alargarse y conviene saber hasta dónde llega la póliza.

  3. Requisitos del inquilino

    Muchas aseguradoras exigen aprobar la solvencia antes de firmar el contrato. Si alquilas sin ese filtro, la póliza puede no cubrir o no poder contratarse.

  4. Plazos para comunicar el impago

    La póliza marca en cuánto tiempo debes avisar del primer impago. Comunicarlo tarde puede reducir o anular la indemnización.

  5. Contratos ya firmados e inquilinos actuales

    Algunas compañías solo aseguran contratos nuevos o exigen que el inquilino esté al corriente de pago. Lo comprobamos antes de proponerte una póliza.

Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago de alquiler

¿Cómo funciona un seguro de impago de alquiler?

Contratas la póliza como propietario, normalmente tras aprobar la solvencia del inquilino. Si este deja de pagar, comunicas el impago en el plazo fijado y la aseguradora te indemniza las rentas durante los meses pactados, mientras sus abogados reclaman la deuda y tramitan el desahucio. Las condiciones exactas de carencia y límites dependen de cada compañía.

¿Cuántos meses de alquiler cubre el seguro?

Depende de la póliza. Hay productos que cubren un número limitado de mensualidades y otros que llegan a periodos más largos, con un límite económico por siniestro. Cuantos más meses cubre, más cara suele ser la prima. Te ayudamos a elegir en función de la renta y de lo que tarda de media un procedimiento en tu provincia.

¿Puedo asegurar un alquiler con un inquilino que ya vive en el piso?

Algunas aseguradoras lo aceptan si el inquilino está al corriente de pago y supera el estudio de solvencia; otras solo aseguran contratos nuevos. Si ya hay recibos pendientes, ese impago no será cubierto. Revisamos tu caso concreto y buscamos la compañía que admita contratos en vigor.

¿Quién paga el seguro de impago: el propietario o el inquilino?

El tomador y beneficiario es el propietario, que es quien paga la prima. No puede repercutirse al inquilino de forma automática; cualquier gasto adicional para el arrendatario debe ajustarse a lo que permite la normativa de arrendamientos vigente. Te recomendamos revisar el contrato con un profesional si tienes dudas.

¿El seguro de impago sirve también para inquilinos que dañan el piso?

Solo si incluye la garantía de actos vandálicos, que cubre los daños intencionados del inquilino hasta un límite. No cubre el desgaste normal por el uso ni las reparaciones de mantenimiento. Para los daños accidentales en la vivienda, lo adecuado es un seguro de hogar para vivienda alquilada.

¿Qué diferencia hay entre el seguro de impago y la fianza?

La fianza es una garantía legal que entrega el inquilino al firmar y que suele cubrir poco más de una mensualidad. El seguro de impago cubre varios meses de renta y los gastos de abogado y procurador del desahucio, así que protege mucho más ante una situación de morosidad prolongada.